¿En qué consiste cada una de las jornadas de trabajo?

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Trabajo diurno:
¿En qué consiste cada una de las jornadas de trabajo? ¿Cómo se clasifica la jornada de trabajo y cuál es el tiempo de duración de cada una de ellas?

Las jornadas de trabajo se clasifican en tres grupos:

Trabajo diurno: Esta establece la duración del trabajo, el cual no puede exceder las ocho horas diarias y cuarenta y cuatro horas semanales, la limitante que establece esta ley es máxima y no impide que una duración de trabajo menor de 8 horas diarias y 44 semanales para las explotaciones tanto públicas o privadas. De 7am -9 pm

Trabajo Nocturno: Esta establece que no se puede exceder las 7 horas atendiendo a los horarios de las 9 pm y las 7 am los cuales son los horarios que comprenden esta jornada.

Jornada Mixta: es aquella que por su parte interviene la jornada diurna y la nocturna siempre que el horario nocturno sea menor a 3 horas pues de lo contrario comprende el renglón nocturno.

La jornada de trabajo se debe diferenciar de los horarios de trabajo, pues esta representa el número de horas las cuales el trabajador presta el servicio mientras que el horario, horas de entrada y salida.

¿Cuál es el tiempo de descanso de todo empleado?

Según lo establecido, todo trabajador tiene derecho 36 horas de Descanso ininterrumpidas, iniciando desde el sábado al mediodía, si un trabajador interrumpe dichas horas de Descanso puede optar por el un 100% de dichas horas en el siguiente fin de semana, compensando el tiempo de su descanso.

Debe tomarse en cuenta los 13 días feriados los cuales tiene nuestro país con un pago completo, salvo aquellos que establece la ley.
Realizar un breve análisis, donde destaques las causas de origen para la terminación de un contrato de trabajo:


De acuerdo al articulo 69 termina con responsabilidad con algunas de las partes por:

· Desahucio

· Dimisión

· Despido


El desahucio, es un acto en donde una de las partes con aviso previo, puede poner fin al contrato de trabajo, lo que determina que ambas partes pueden ejercer autonomía sobre esta forma para terminar un contrato de trabajo, donde no se presenta causa, solo por medio al derecho de finalizar el contrato.

El despido, es aquella forma de finalizar el contrato por parte del empleador, según el principio de causalidad, donde por medio a un acto de culpa el empleador, puede finalizar este contrato, entre las principales causas las cuales pueden originar este acto están:

· Inducir al empleador en un error desconociendo conocimientos indispensables para el área.

· Al realizar el trabajo demostrar incapacidad e ineficiencia.

· Por cometer faltas en la labor de carácter estén prohibidas, o pongan la falta la honradez de la entidad.

· Por irrespetar un compañero. Entre otras.


Cada una de estas causas representan una razón principal para finalizar el contrato de trabajo por parte del empleado, pues las mismas atentan directamente contra las relaciones laborales y la integridad de la empresa.

La dimisión, esta es aquella donde el empleado presenta una causa justa la cual respecto al código está establecida, estas se reportan como inexistentes cuando por su parte el empleado no tiene este derecho, como es el caso de traspaso y traslado los cuales tienen fines de fraudes.

En esta se presentan las causas como son:

· Por el pago incorrecto del salario.

· Por suspensión ilegal o de fraude negarse a un pago.

· Por intuir al empleado a causas que atenten contra su moral.

· Por reducción de salarios, entre otras


Desde mi punto de vista entender estos términos es de vital importancia en el desarrollo del proceso laboral pues al reconocer e identificar de manera correcta estas causas en favor de ambas partes estamos dando paso al valor de nuestros deberes y derechos.

Estos actos tienen puntos de causas directas pues no todos son para el empleador o en favor del empleado, sino que los mismos, están estructurados de acuerdo a las causas de ambas partes.

En mi criterio uno de los mas utilizados es el desahucio, pues en su mayoría las empresas en favor de evitar contiendas legales y procurar la integridad de las empresas, requieren a finalizar los contratos laborales más por este método en nuestro país, desde mi punto de vista, sin embargo, cada día vemos más casos en donde no puede llegarse a un acuerdo entre ambas partes y requieren de procesos legales en favor de uno de los sectores.


De acuerdo al articulo 69 termina con responsabilidad con algunas de las partes por:

· Desahucio

· Dimisión

· Despido


El desahucio, es un acto en donde una de las partes con aviso previo, puede poner fin al contrato de trabajo, lo que determina que ambas partes pueden ejercer autonomía sobre esta forma para terminar un contrato de trabajo, donde no se presenta causa, solo por medio al derecho de finalizar el contrato.

El despido, es aquella forma de finalizar el contrato por parte del empleador, según el principio de causalidad, donde por medio a un acto de culpa el empleador, puede finalizar este contrato, entre las principales causas las cuales pueden originar este acto están:

· Inducir al empleador en un error desconociendo conocimientos indispensables para el área.

· Al realizar el trabajo demostrar incapacidad e ineficiencia.

· Por cometer faltas en la labor de carácter estén prohibidas, o pongan la falta la honradez de la entidad.

· Por irrespetar un compañero. Entre otras.

Cada una de estas causas representan una razón principal para finalizar el contrato de trabajo por parte del empleado, pues las mismas atentan directamente contra las relaciones laborales y la integridad de la empresa.

La dimisión, esta es aquella donde el empleado presenta una causa justa la cual respecto al código está establecida, estas se reportan como inexistentes cuando por su parte el empleado no tiene este derecho, como es el caso de traspaso y traslado los cuales tienen fines de fraudes.

En esta se presentan las causas como son:

· Por el pago incorrecto del salario.

· Por suspensión ilegal o de fraude negarse a un pago.

· Por intuir al empleado a causas que atenten contra su moral.

· Por reducción de salarios, entre otras


Desde mi punto de vista entender estos términos es de vital importancia en el desarrollo del proceso laboral pues al reconocer e identificar de manera correcta estas causas en favor de ambas partes estamos dando paso al valor de nuestros deberes y derechos.

Estos actos tienen puntos de causas directas pues no todos son para el empleador o en favor del empleado, sino que los mismos, están estructurados de acuerdo a las causas de ambas partes.

En mi criterio uno de los mas utilizados es el desahucio, pues en su mayoría las empresas en favor de evitar contiendas legales y procurar la integridad de las empresas, requieren a finalizar los contratos laborales más por este método en nuestro país, desde mi punto de vista, sin embargo, cada día vemos más casos en donde no puede llegarse a un acuerdo entre ambas partes y requieren de procesos legales en favor de uno de los sectores.

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