El derecho a la educación y la igualdad de oportunidades son dos de los
principios fundamentales por los que se apoyan ambas leyes. Según la Ley Orgánica 66-97 de Educación
Dominicana, se destaca la no- discriminación para que todo ser humano tenga la
oportunidad de recibir una educación de calidad, sin distinción de sexos, raza,
de posición económica o social.
En el artículo número 4, hace
referencia a ello mediante el siguiente principio: La educación es un derecho permanente e
irrenunciable del ser humano. Para hacer efectivo su cumplimiento, cada persona
tiene derecho a una educación integral que le permita el desarrollo de su propia
individualidad y la realización de una actividad socialmente útil; adecuada a
su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún
tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de posición
económica y social o de cualquiera otra naturaleza (Ley Orgánica de Educación
de la República Dominicana No. 66-97, 1997, p.3).
El Sistema Educativo Español también hace referencia a este
aspecto en el segundo principio de dicha ley mencionada anteriormente: La
equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de
la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad
de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la
accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador
de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con
especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad. (Ley
Orgánica 2/2006, 2015, p.12) En relación a los anteriores principios y, con
mayor concreción, el Diseño Curricular Dominicano (2013) hace mención a la
tarea de los docentes y la comunidad en el Nivel Primario de promover más y
mejores oportunidades de aprendizaje para los alumnos, desde una perspectiva de
equidad, inclusión, atención a la diversidad, calidad y pertinencia.
No obstante, existe una discrepancia entre lo mencionado en las
leyes dominicanas en relación a la atención a la diversidad e inclusión y la
realidad del centro en el que realizamos nuestras prácticas como maestros. Las
Administraciones Educativas Dominicanas, por lo observado en el centro, no
disponen de los medios necesarios para cubrir las necesidades educativas
especiales y posibilitar que todo el alumnado llegue al máximo desarrollo en todos
sus niveles. Esto podría deberse a la falta de recursos económicos en el país y
a la falta de profesionales en el área de educación especializadas en las
necesidades educativas. Todo lo contrario, ocurre en el Sistema Educativo
Español donde, como indica la ley educativa en relación a las necesidades
educativas especiales, “las Administraciones educativas dispondrán del
profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales
cualificados, […] para la adecuada atención a este alumnado” (Ley Orgánica
2/2006, 2015, p. 51). Es decir, encontramos especialistas en el área de
psicología, pedagogía terapéutica, en audición y lenguaje, entre otros; y el
equipamiento necesario dentro y fuera del aula como materiales didácticos
específicos, mobiliario adaptado, recursos tecnológicos, etc. para tratar tales
necesidades del alumnado.
En tal aspecto, la Ley Orgánica 2/2006 de educación española (2015)
también
afirma que para garantizar una equidad en la educación corresponde a las Administraciones educativas
asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran
una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades
educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por
sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema
educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar
el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los
objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado (p.51).
En el centro dominicano y en sus aulas, además de no haber suficientes
especialistas cualificados en este ámbito, puesto que solo cuentan con una psicóloga que se encarga más de los asuntos
relacionados con la disciplina que en atender a las necesidades educativas
especiales, no se plantean actividades abiertas para que este alumnado pueda
acceder a ellas desde sus propias capacidades y ritmos de aprendizaje. Ocurre
todo lo contrario en los centros españoles, donde además se realizan
adaptaciones curriculares si se considera necesario.
En todas las aulas de dicho centro se trabajan los mismos objetivos y
contenidos que el currículum educativo indica rígidamente. A
través de nuestra práctica docente, se ha observado que no se producen
adaptaciones curriculares en este sentido. En definitiva, no se ha creado
ningún programa que fomente el desarrollo de la inclusividad ni “la atención y
el respeto a la diversidad de todos los alumnos, sin excepciones, para lograr una
verdadera igualdad de oportunidades, que integre y acerque, desde el
conocimiento y la interacción a todos los alumnos” (Muntaner, 2000, p. 2). 2
OBLIGATORIEAD
EN EL Sistema Educativo Dominicano
Según la Ley Orgánica de Educación de la República Dominicana 66-97,
1997,
p. 6, la estructura académica que presenta este sistema educativo es la
siguiente; Nivel Inicial, Nivel Básico, Nivel Medio y Nivel Superior.
En este primer Nivel Inicial,
es donde se sitúa el primer contacto del alumno con el sistema educativo,
debido a esto y a que los niños aún están muy unidos a sus padres y madres, esta etapa está coordinada con
la familia y la comunidad en general. Los alumnos que llenan las aulas en el
Nivel Inicial tienen máximo 6 años, aunque es educación obligatoria a
partir de los 5 años. De modo que el año antes de pasar al Nivel Básico, que es el
siguiente nivel, es de carácter obligatorio para todos y este se ofrece de
forma gratuita por parte del Estado. Por tanto, el último curso del
Nivel Inicial debe ser cursado por todos ya que la educación obligatoria
empieza a los 5 años de edad.
Respecto al Nivel Básico, es atendido por alumnos de
edades comprendidas entre los 6 y los 14 años. Este es el nivel al que
se accede después del Nivel Infantil. También es de carácter obligatorio y el
Estado se encarga de ofrecerlo de forma gratuita. La Ley de Educación
dominicana considera esta etapa como el mínimo de educación a que tiene derecho
todo habitante del país.
La estructura del Nivel Básico
consta de dos ciclos, cada uno de estos ciclos está formado por cuatro cursos,
de modo que la duración total del nivel
son ocho años.
- Ciclo primero; compuesto por
los cursos de 1º a 4º, y la edad de inicio es a los seis sin ninguna excepción.
Duración total 4 años.
- Ciclo segundo; compuesto por
los cursos de 5º a 8º. Duración total 4 años.
El Nivel Medio es el período
posterior al Nivel Básico. Tiene una duración de cuatro años dividido en dos
ciclos, de dos años cada uno. Ofrece una formación general y opciones para
responder a las aptitudes, intereses, vocaciones y necesidades de los
estudiantes, para insertarse de manera eficiente en el mundo laboral y/o
estudios posteriores. Además, el primer ciclo del Nivel Medio es común para
todos los estudiantes. Y el segundo ciclo del Nivel Medio ofrece diferentes
opciones, concretamente comprende tres modalidades: General, Técnico
Profesional y en Artes, el cual otorga a los estudiantes que lo finalicen, el
título de bachiller en la modalidad correspondiente.
Sistema
Educativo Español
Según la ley Orgánica 2/2006, de 29 de julio, de
Educación el Sistema Educativo Español se organiza en Educación Infantil,
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanza
Universitaria. Además, de otras más enseñanzas específicas.
La Educación Infantil
constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños
desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Esta etapa de Educación
Infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres
a los seis años de edad. Tiene carácter voluntario y su finalidad es la de
contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los
niños. Y con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y
padres o tutores en esta etapa, los centros de Educación Infantil cooperarán
estrechamente con ellos.
La Educación Primaria es una
etapa educativa que comprende seis cursos académicos, que se cursarán
ordinariamente entre los seis y los doce años de edad. Y la etapa de Educación
Secundaria Obligatoria comprende cuatro cursos, que se seguirán ordinariamente
entre los doce y los dieciséis años de edad.
La Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria constituyen
la Educación Básica. La educación secundaria se divide en
Educación Secundaria Obligatoria y Educación Secundaria Postobligatoria. Donde
el bachillerato forma parte de la Educación Secundaria Postobligatoria y consta
de dos cursos académicos, las edades serian de los 16 a los 18 años.
35
La Enseñanza Básica es
obligatoria y gratuita para todas las personas según la misma Ley. Y esta
comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los
seis y los dieciséis años de edad. No obstante, los alumnos tendrán derecho a
permanecer en régimen ordinario cursando la Enseñanza Básica hasta los
dieciocho años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso, en las
condiciones establecidas en la presente Ley.
Comparativa
Después de haber revisado la estructura general de los dos sistemas
educativos, nos encontramos en que del Sistema Educativo Dominicano distribuye
a los alumnos de forma distinta al español, pero bastante similar.
Parece ser que la distribución de la Educación Primaria es la misma que había
en el sistema Educativo Español antes de que se implantara la LOGSE. Por tanto,
Hasta 6º de Primaria seguiría una misma distribución. Pero después, en
República Dominicana siguen teniendo 7º y 8º curso y en el Sistema Educativo
Español empieza la Educación Secundaria Obligatoria, sería lo que corresponde a
1º y 2º de la ESO.
Al pasar al Nivel Medio en el
Sistema Educativo Dominicano, que consta de 4 años, donde los alumnos tienen
unas edades comprendidas entre 14 y 18 años, sería lo que correspondería a
nuestros dos últimos cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, es decir,
3º y 4º de la ESO, y a los que se añadiría los dos años de bachillerato.
Hay que resaltar que aunque la
distribución sea diferente, la educación obligatoria se acaba con la misma edad
en los dos sistemas educativos. Pero en cuanto a la obligatoriedad se establece
una de las principales diferencias con nuestro sistema educativo, ya que en los
niveles iniciales, el curso pre-primario tiene carácter obligatorio, por lo que
normalmente los niños empiezan su educación escolar a partir de los 5 años. Por
otro lado, aunque la mayoría de alumnos españoles se escolarizan antes de los 6
años, esta es la edad en la cual empieza a ser obligatorio entrar en el sistema
educativo. De modo que en ambos sistemas la educación es obligatoria hasta los
18 años, aunque en la República Dominicana la escolarización obligatoria
empieza un año antes, concretamente a los 5
años y en España a los 6 años.
Además, en el Sistema
Educativo Dominicano nos podemos
encontrar con alumnos que se encuentran en la Educación Primaria y tienen una
edad bastante superior a la del curso en el que están. Por observación
en la experiencia vivida en la Fundación MIR hemos detectado que en algún aula
había niños con 4 años de edad superior a la correspondiente para ese curso.
Estos alumnos simplemente se habían escolarizado más tarde o habían tenido
algunos años de receso por motivos propios. Este tipo de casos no se encuentra
en las aulas españolas, ningún alumno puede apartarse de la educación durante
unos años por voluntad propio y tampoco se puede
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repetir tantas veces en la
Etapa de Primaria, por lo que es imposible tener casos similares en el Sistema
Educativo Español.