Aplicación de los artículos 653-655 del Código de Trabajo,
referentes a la oferta real de pago,
seguida de consignación.
Un
empleador desahucia a un trabajador, quien laboraba como auxiliar de
contabilidad, le expresa en la comunicación le informa que debe pasar a retirar sus prestaciones
laborales en un plazo de diez días: El trabajador no regresa a retirar sus
prestaciones.
Preguntas:
1-¿Cuáles
medidas puede tomar el empleador para liberarse de la obligación?
Para
liberarse de la obligaciones que tienes el empleador, puede consignarla en la
colecturía de rentas internas correspondiente al lugar de su domicilio ya que
el acreedor no acepta su pago.
2-¿Cuál
es el procedimiento a seguir?
Debe hacer
una demanda en validez o nulidad de los ofrecimientos o de la
consignación se introducirá ante el juzgado del trabajo correspondiente y se
sustanciara y fallara según las reglas establecidas.